jueves, 9 de marzo de 2017

Proponen que los inmuebles destinados para atención, cuidado y desarrollo de infantes cuenten con circuito cerrado de Televisión.
La Comisión Derechos de la Niñez, del Congreso federal, que preside el diputado Jesús Valencia Guzmán (PRD), aprobó un dictamen que adiciona el artículo 49 Bis de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a fin de que los inmuebles destinados a la atención, cuidado y desarrollo de infantes cuenten con un circuito cerrado de televisión sin vulnerar los derechos de niñas y niños.
 El documento establece que los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Infantil, podrán hacer uso de equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos como una medida de seguridad adicional para prevenir cualquier riesgo o emergencia que se presente en las instalaciones, salvaguardando la integridad de los menores en términos de las disposiciones legales aplicables.
 La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas de 1989, establece que el maltrato infantil es toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, y que se da mientras el niño se encuentra bajo custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que le tenga a su cargo, refiere el dictamen.
 Señala que en muchos de los casos en donde se han presentado denuncias por maltrato infantil, agresiones, lesiones, abusos o fallecimientos, en contra de los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Infantil no se tiene certeza de lo que realmente sucede o sucedió en dichos espacios.
 El diputado Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (PVEM), proponente de la iniciativa, consideró de suma importancia que todos los Centros de Atención instalen equipos de circuito cerrado de televisión para registrar las actividades en las principales áreas de atención, cuidado, convivencia y esparcimiento que se desarrollan dentro de los mismos, para que sirvan como elementos probatorios que permitan deslindar, en un momento dado, la responsabilidad a consecuencia de lo ahí sucedido.
 El objeto de esta ley es la concurrencia entre los tres niveles de gobierno, así como la participación de los sectores social y privado, garantizando el acceso de niñas y niños a dichos servicios en condiciones de igualdad, calidez, seguridad y protección adecuada, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos, indicó.


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